{"id":3536,"date":"2022-03-31T23:03:36","date_gmt":"2022-04-01T05:03:36","guid":{"rendered":"https:\/\/revistamemoria.mx\/?p=3536"},"modified":"2022-05-23T21:41:24","modified_gmt":"2022-05-24T03:41:24","slug":"el-regimen-presidencial-en-mexico-la-democracia-participativa-y-la-revocacion-de-mandato%ef%bf%bc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistamemoria.mx\/?p=3536","title":{"rendered":"EL R\u00c9GIMEN PRESIDENCIAL EN M\u00c9XICO, LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y LA REVOCACI\u00d3N DE MANDATO\ufffc"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>El r\u00e9gimen presidencial en M\u00e9xico<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Dos instituciones centrales del Estado y el sistema pol\u00edtico mexicano ser\u00edan, durante largo tiempo, el presidencialismo y el partido pol\u00edtico de Estado (PNR\/PRM\/PRI). Las relaciones entre uno y otro eran inseparables, al punto que desconectados dif\u00edcilmente habr\u00edan podido funcionar con eficacia. De hecho, el Estado con ejecutivo fuerte descansaba en esa relaci\u00f3n entre presidente de la Rep\u00fablica y partido pol\u00edtico.<\/p>\n\n\n\n<p>La centralidad del presidencialismo mexicano es un hecho. La formaci\u00f3n del Estado, el presidencialismo y el sistema pol\u00edtico mexicano son momentos simult\u00e1neos de un proceso hist\u00f3rico. El presidencialismo en particular, como forma y sistema de gobierno tuvo en el caudillismo (\u00c1lvaro Obreg\u00f3n) y en el \u201chombre fuerte\u201d (Plutarco El\u00edas Calles), sus etapas formativas previas. Solo despu\u00e9s de la desaparici\u00f3n de estas formas personalistas del ejercicio del poder fue posible que se construyera, institucionalmente, el presidencialismo. Lo que se inici\u00f3 de forma irreversible con el gobierno de Abelardo L. Rodr\u00edguez y culmin\u00f3 con el gobierno de L\u00e1zaro C\u00e1rdenas.<a href=\"#_ftn1\" id=\"_ftnref1\"><sup>[1]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Con la destrucci\u00f3n del caudillismo y la institucionalizaci\u00f3n del poder pol\u00edtico como presidencialismo constitucional, la instituci\u00f3n presidencial hizo posible que el poder se derivara directamente del cargo y que, como escribi\u00f3 Arnaldo C\u00f3rdova, \u201cel poder presidencial se despersonalizara con una vertiginosa rapidez, que el presidente, con tal independencia de su poder personal, ser\u00eda siempre y ante cualesquiera circunstancias un presidente fuerte, simplemente por su calidad de presidente, es decir, por el poder de la instituci\u00f3n presidencial\u201d.<a id=\"_ftnref2\" href=\"#_ftn2\"><sup>[2]<\/sup><\/a> Por lo dem\u00e1s, la combinaci\u00f3n del poder del cargo, las facultades legales del presidente, con los poderes de hecho, implicaba la sustituci\u00f3n de la imposici\u00f3n autoritaria por el trato propio de la negociaci\u00f3n y la discusi\u00f3n de interes, sin que se eliminara el recurso a la fuerza.<\/p>\n\n\n\n<p>El Estado y el Ejecutivo fuerte tuvieron su origen, en resumidas cuentas, en el desarrollo de la revoluci\u00f3n de 1910 y en la Constituci\u00f3n de 1917. En ellas el Estado adquiri\u00f3 con la transformaci\u00f3n de las reformas sociales en instituciones constitucionales, una fuerza enorme, que dio lugar a un nuevo sistema de gobierno en el que el Ejecutivo qued\u00f3 dotado de poderes extraordinarios permanentes con dominio absoluto sobre las relaciones de propiedad, de producci\u00f3n y sus correspondientes conflictos sociales. Con lo que, el autoritarismo presidencial y el sistema corporativo de masas, no tardaron en ser, dos de sus caracter\u00edsticas m\u00e1s sobresalientes.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, el Estado de Ejecutivo fuerte constituido de ese modo fue la forma mediante la cual se logr\u00f3 que el Estado pudiera desempe\u00f1ar su papel de comando del desarrollo econ\u00f3mico capitalista de M\u00e9xico.<\/p>\n\n\n\n<p>Jur\u00eddicamente, el poder presidencial ten\u00eda su base en las facultades otorgadas por la Constituci\u00f3n, las leyes ordinarias y el sistema pol\u00edtico. El abanico de facultades del presidente en el procedimiento legislativo era muy amplio. Pod\u00eda intervenir en el procedimiento para la formaci\u00f3n de las leyes a trav\u00e9s de tres actos: la iniciativa de ley, la facultad de veto y la promulgaci\u00f3n de la ley. La iniciativa de ley hizo que el presidente y no el poder legislativo fuera quien realmente legislara. Este conjunto de facultades legislativas del presidente, acabar\u00edan por subordinar al poder legislativo, integrado en su mayor\u00eda, por miembros del partido oficial, y cuyo jefe, oficialmente reconocido era el titular del ejecutivo federal.<\/p>\n\n\n\n<p>El presidente ten\u00eda las facultades para nombrar y remover libremente a sus secretarios de estado: los secretarios del despacho, el Procurador general de la Rep\u00fablica, el regente del D.F. y el procurador general de Justicia del D.F. Los nombramientos que deb\u00edan ser ratificados por el Senado o la C\u00e1mara de Diputados, eran solamente los de los secretarios de despacho, agentes diplom\u00e1ticos, c\u00f3nsules generales, empleados superiores de hacienda, los coroneles y dem\u00e1s oficiales superiores del ej\u00e9rcito, la armada y la fuerza a\u00e9rea nacionales, y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Estaba facultado para declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del congreso de la Uni\u00f3n. Pod\u00eda disponer de las fuerzas armadas y la guardia nacional para preservar la seguridad interna y defensa exterior. Ten\u00eda la facultad para dirigir las negociaciones diplom\u00e1ticas y celebrar tratados con otros pa\u00edses.<\/p>\n\n\n\n<p>El presidente ten\u00eda igualmente, facultades para la m\u00e1s amplia intervenci\u00f3n en la econom\u00eda. Por medio del personal gubernamental, \u00f3rganos y diversos mecanismos, el presidente conduc\u00eda la administraci\u00f3n federal en dos de sus campos principales: las instituciones administrativas centralizadas (presidencia de la Rep\u00fablica; secretar\u00edas de Estado; departamentos administrativos; Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica y la procuradur\u00eda general de justicia del Distrito Federal); las instituciones paraestatales (organismos descentralizados; y empresas de participaci\u00f3n estatal, instituciones nacionales de cr\u00e9dito e instituciones nacionales de seguros y finanzas); y los fideicomisos. Como suprema autoridad agraria ten\u00eda facultades administrativas, legislativas y jurisdiccionales sobre las tierras, aguas y recursos cuyo dominio pertenec\u00eda a la naci\u00f3n. Quedando en sus manos las expropiaciones por causa de utilidad p\u00fablica. En materia hacendaria federal y del Distrito Federal, era el \u00fanico que pod\u00eda presentar la ley de ingresos y el presupuesto de egresos que deb\u00eda ser aprobado, y siempre ocurr\u00eda tal cosa, por el congreso o por la C\u00e1mara de Diputados. Su dominio sobre el presupuesto era absoluto ya que ni \u00e9l ni sus colaboradores estaban sujetos a ning\u00fan control respecto a los gastos p\u00fablicos, ni a los empr\u00e9stitos y cr\u00e9ditos. Para tal efecto, la Contadur\u00eda Mayor de Hacienda de la C\u00e1mara de Diputados era irrelevante.<\/p>\n\n\n\n<p>El presidente ten\u00eda competencia en materia educativa; gobernaba el D.F.; y controlaba mediante la Comisi\u00f3n Federal Electoral y el colegio electoral de la C\u00e1mara de Diputados, la preparaci\u00f3n, desarrollo, vigilancia y resultados de los procesos electorales.<\/p>\n\n\n\n<p>Junto a la facultad para nombrar y remover libremente al procurador general de la rep\u00fablica, el presidente ten\u00eda la facultad igualmente importante de designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n y someterlos a la aprobaci\u00f3n de la C\u00e1mara de Senadores o de la comisi\u00f3n permanente, en su caso. El presidente ten\u00eda la facultad para expulsar extranjeros indeseables; y para indultar a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden com\u00fan, en el Distrito Federal.<\/p>\n\n\n\n<p>Sus facultades metaconstitucionales, de nombramientos proven\u00eda de dos fuentes: la ley secundaria y el sistema pol\u00edtico. El presidente nombraba a toda una serie de funcionarios importantes, y las facultades de hacerlo se las daba la ley secundaria. Dichos funcionarios eran, entre otros, el presidente de la Comisi\u00f3n Nacional de Salarios M\u00ednimos, el presidente de la Junta Federal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje, el presidente del Tribunal Federal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje, el director del CONACyT, el director general y los subsecretarios de Pemex, el director general del INFONAVIT (mediante propuesta a la asamblea general del organismo), el director general del IMSS, el director general de la CONASUPO y el director general de ISSSTE.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cAdem\u00e1s, fuera de los marcos constitucionales y legales, de hecho, nombra a los gobernadores y a los principales presidentes municipales, a los senadores y a la mayor\u00eda de los diputados, ya que \u00e9l determina en \u00faltima instancia quienes ser\u00edan los candidatos del PRI\u201d.<a id=\"_ftnref3\" href=\"#_ftn3\"><sup>[3]<\/sup><\/a> Todo ello, en virtud de su condici\u00f3n de jefe del partido pol\u00edtico, con capacidad suficiente para nombrar y remover a su presidente, y mantener la disciplina necesaria para designar a su sucesor en la presidencia de la rep\u00fablica, y recibir su apoyo. Controlaba igualmente a los medios de comunicaci\u00f3n de masas: teatro, cine, radio, televisi\u00f3n y prensa, ya fuera mediante la censura previa, la importaci\u00f3n y venta selectiva de papel o la ayuda econ\u00f3mica oficial.<a id=\"_ftnref4\" href=\"#_ftn4\"><sup>[4]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Colmado de facultades constitucionales, el poder del presidente de la rep\u00fablica solo ten\u00eda una limitaci\u00f3n, la contenida en el art\u00edculo constitucional 108: ser acusado por traici\u00f3n a la patria y delitos graves del orden com\u00fan. La otra limitaci\u00f3n, establecida en la reforma al art\u00edculo 83, y publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n del 29 de abril de 1933, era la no reelecci\u00f3n: \u201cEl presidente entrar\u00e1 a ejercer su encargo el 1\u00ba. de diciembre y durar\u00e1 en el seis a\u00f1os. El ciudadano que haya desempe\u00f1ado el cargo de presidente de la rep\u00fablica, electo popularmente, o con el car\u00e1cter de interino, provisional o sustituto, en ning\u00fan caso y por ning\u00fan motivo podr\u00e1 volver a desempe\u00f1ar ese puesto\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante la imposici\u00f3n del r\u00e9gimen neoliberal el presidencialismo sufri\u00f3 profundas transformaciones que lo alejaron del presidencialismo del r\u00e9gimen de la revoluci\u00f3n mexicana. El neoliberalismo en M\u00e9xico se propuso como prioridad debilitar al Estado del bienestar con un poder ejecutivo fuerte, mediante diversas reformas constitucionales, principalmente, a sus art\u00edculos 27, 28 y 123. Los medios utilizados para tal fin fueron varios, pero destacan por su importancia, las privatizaciones<a href=\"#_ftn5\" id=\"_ftnref5\"><sup>[5]<\/sup><\/a> y el desmantelamiento del sector paraestatal;<a href=\"#_ftn6\" id=\"_ftnref6\"><sup>[6]<\/sup><\/a> la desregulaci\u00f3n laboral;<a href=\"#_ftn7\" id=\"_ftnref7\"><sup>[7]<\/sup><\/a> la creaci\u00f3n de los organismos aut\u00f3nomos; y la creaci\u00f3n de numerosos fideicomisos.<\/p>\n\n\n\n<p>Formalmente, permanecieron muchas de las facultades constitucionales del presidente, pero lo que ocurri\u00f3 en la realidad, fue que mediante numerosas reformas constitucionales,<a id=\"_ftnref8\" href=\"#_ftn8\"><sup>[8]<\/sup><\/a> se llev\u00f3 a cabo su vaciamiento, haciendo del presidente fuerte, un presidente acotado.<\/p>\n\n\n\n<p>Gradualmente, el Estado del bienestar se transform\u00f3 en Estado m\u00ednimo \u2013 evaluador o Estado neoliberal.<a id=\"_ftnref9\" href=\"#_ftn9\"><sup>[9]<\/sup><\/a> De este modo, el Estado abandon\u00f3 la representaci\u00f3n general de la sociedad y pas\u00f3 a representar de manera directa e inmediata los intereses particulares de la clase dominante, creando, como facilitador de la misma, todo un entramado jur\u00eddico constitucional de legitimaci\u00f3n. La armon\u00eda y conciliaci\u00f3n interclasista fue sustituida por el uso faccioso del gobierno y del resto de las instituciones del Estado. El sistema pol\u00edtico qued\u00f3 bajo el predominio de un reducido grupo de familias privilegiadas y el sistema electoral respondi\u00f3 a dicha dominaci\u00f3n pol\u00edtica mediante el fraude electoral, la \u201calternancia\u201d, la corrupci\u00f3n de las instituciones electorales; el autoritarismo y la exclusi\u00f3n se hicieron ver como momentos necesarios de un proceso gradual de democratizaci\u00f3n, de transici\u00f3n a la democracia.<a id=\"_ftnref10\" href=\"#_ftn10\"><sup>[10]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, conforme los gobiernos neoliberales avanzaban en la entrega del pa\u00eds a los intereses locales y extranjeros y las facultades otrora exclusivas del Ejecutivo eran acotadas por el Legislativo, disminu\u00edan en la misma medida el consenso y la legitimidad de la dominaci\u00f3n pol\u00edtica organizada por medio del sistema electoral y el sistema de partidos. De tal modo que los votos a favor del PRI se redujeron hasta que finalmente lleg\u00f3 la derrota electoral y el derrumbe pol\u00edtico de 2018, cayendo del 71 por ciento obtenido en 1982, al 16 por ciento alcanzado en 2018.<a id=\"_ftnref11\" href=\"#_ftn11\"><sup>[11]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>El r\u00e9gimen presidencial en la Cuarta Transformaci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Para restaurar el Estado del bienestar perdido y democratizar el r\u00e9gimen presidencial, Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador (AMLO), con mayor\u00eda en la C\u00e1mara de Diputados junto con sus aliados, fren\u00f3 la continuaci\u00f3n de las privatizaciones y modific\u00f3 la pol\u00edtica de los privilegios. Inici\u00f3 el rescate de Pemex y la CFE. En el primer caso con el combate al robo de hidrocarburos (huachicol), y la modernizaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de la refinaci\u00f3n con la construcci\u00f3n de Dos Bocas en Tabasco y la compra de Dee Park, en Texas, EEUU. En el segundo caso, junto con la soluci\u00f3n del problema de los gasoductos y la nueva regulaci\u00f3n del mercado energ\u00e9tico, busca la reforma constitucional de la ley de electricidad y la recuperaci\u00f3n para la naci\u00f3n de otra fuente estrat\u00e9gica de energ\u00eda, el litio.<\/p>\n\n\n\n<p>Modific\u00f3 la pol\u00edtica fiscal, eliminando las condonaciones de impuestos a las grandes empresas y cobrando los impuestos atrasados; recompuso la estructura de gobierno del Banco de M\u00e9xico; y combati\u00f3 la corrupci\u00f3n institucionalizada mediante la supresi\u00f3n de los fideicomisos creados con recursos p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se construyen nuevas v\u00edas f\u00e9rreas: el proyecto del istmo con 994 kil\u00f3metros y el Tren maya con 1500 kil\u00f3metros. Casi 2500 kil\u00f3metros para trenes r\u00e1pidos de carga y pasaje.<\/p>\n\n\n\n<p>La contrarreforma educativa se suprimi\u00f3 y se basific\u00f3 a miles de trabajadores de la educaci\u00f3n; el salario m\u00ednimo se increment\u00f3; y se tomaron algunas medidas para remediar el problema de las pensiones y disminuir los abusos de las afores. Se pusieron a prueba la contrarreforma laboral heredada del gobierno del viejo r\u00e9gimen y una incierta pol\u00edtica de democratizaci\u00f3n sindical. Se fijaron precios de garant\u00eda y se entregaron fertilizantes a los campesinos pobres. Se contuvo el uso del glifosato y se prohibieron los transg\u00e9nicos. Y se constitucionalizaron los programas sociales, convirti\u00e9ndolos en derechos, para eliminar el clientelismo pol\u00edtico-electoral.<a id=\"_ftnref12\" href=\"#_ftn12\"><sup>[12]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Todas estas medidas han rodeado de consenso al presidente de la Rep\u00fablica, fortaleciendo a la instituci\u00f3n presidencial, a pesar de que sus facultades y atribuciones estaban disminuidas y determinadas por los equilibrios en los poderes legislativo y judicial y acotadas por los organismos aut\u00f3nomos.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin el apoyo de un verdadero partido nacional, organizado, disciplinado y con una definida estrategia de poder, m\u00e1s all\u00e1 de lo puramente electoral, el presidente recurri\u00f3 a la m\u00e1s amplia pol\u00edtica de alianzas con gobernadores del PRI y el PAN, y a la pol\u00edtica de masas ciudadanas, con la finalidad de aprobar tres reformas constitucionales que modificar\u00edan el juego democr\u00e1tico y sus equilibrios en el r\u00e9gimen que sigue siendo presidencialista: la consulta popular;<a id=\"_ftnref13\" href=\"#_ftn13\"><sup>[13]<\/sup><\/a> la revocaci\u00f3n de mandato;<a id=\"_ftnref14\" href=\"#_ftn14\"><sup>[14]<\/sup><\/a> y la supresi\u00f3n del fuero presidencial.<a id=\"_ftnref15\" href=\"#_ftn15\"><sup>[15]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Esta modalidad de transici\u00f3n de la democracia representativa a la democracia participativa modificar\u00e1 el r\u00e9gimen presidencialista, democratiz\u00e1ndolo, al pasar del ejecutivo fuerte, dotado de poderes extraordinarios permanentes, autoritario, a un ejecutivo fuerte, basado en el consenso y la aceptaci\u00f3n democr\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Los dos sentidos de la democracia liberal: la democracia representativa y democracia participativa<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>La democracia liberal, escribi\u00f3 Macpherson, tiene al menos dos sentidos. Uno, el de quienes sostienen, \u201cque la democracia no es m\u00e1s que un mecanismo para elegir y autorizar a gobiernos o, de la forma que sea, lograr que se promulguen leyes y se adopten decisiones pol\u00edticas\u201d. Y otro, la de aquellos para los que la democracia es m\u00e1s que un sistema de gobierno, dado que se la concibe como \u201cuna calidad que impregna toda la vida y todo el funcionamiento de una comunidad nacional o m\u00e1s peque\u00f1a, o si se prefiere como un tipo de sociedad, todo un conjunto de relaciones rec\u00edprocas entre la gente que constituye la naci\u00f3n o la unidad de que se trate\u201d.<a href=\"#_ftn16\" id=\"_ftnref16\"><sup>[16]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Para quienes la democracia liberal no es m\u00e1s que representaci\u00f3n delegada en las \u00e9lites, no hay posibilidad alguna de una mayor participaci\u00f3n de los ciudadanos\/as y de creaci\u00f3n de mecanismos distintos del sistema habitual de partidos pol\u00edticos. La participaci\u00f3n debe restringirse, sostienen, al sufragio de cada determinado tiempo. La ampliaci\u00f3n de la democracia, para quienes, por el contrario, s\u00ed aceptan que la democracia representativa pueda evolucionar a participativa, tiene dos opciones: que la participaci\u00f3n se reduzca a la consulta o que sea, adem\u00e1s, capacidad de decisi\u00f3n de los ciudadanos\/as sobre las pol\u00edticas de gobierno y de intervenci\u00f3n en la gesti\u00f3n de \u00e9stas.<\/p>\n\n\n\n<p>La idea de la democracia participativa apareci\u00f3 con los movimientos estudiantiles de los a\u00f1os sesenta. Se difundi\u00f3 entre la clase obrera europea en los setenta bajo la consigna de control obrero de la industria, y alcanz\u00f3 su forma m\u00e1s emblem\u00e1tica en el Consejo del Gran Londres (1981\u20131986) en Inglaterra, con la izquierda laborista de Tony Benn y Ken Livingstone. Otra experiencia de gobierno igualmente exitosa, basada en la democracia participativa antineoliberal, se produjo con la izquierda del PT<a href=\"#_ftn17\" id=\"_ftnref17\"><sup>[17]<\/sup><\/a> en Porto Alegre, Brasil (1989 \u2013 2004).<\/p>\n\n\n\n<p>Y bien \u00bfqu\u00e9 es la democracia participativa? En el contexto de crisis del Estado del bienestar y la derogaci\u00f3n gradual de sus conquistas sociales se inici\u00f3, como hemos afirmado, la reorganizaci\u00f3n del Estado-naci\u00f3n bajo la forma de Estado m\u00ednimo. Uno de los objetivos de la nueva forma de Estado fue el de establecer l\u00edmites a la participaci\u00f3n popular. Esta orientaci\u00f3n respond\u00eda al miedo del poder pol\u00edtico no solo al crecimiento en las demandas sociales, sino de que \u00e9stas fueran acompa\u00f1adas de exigencias pol\u00edticas que incidieran en la necesidad de democratizar radicalmente la sociedad y en impulsar reformas econ\u00f3micas inaceptables para el capital. \u201cEs en esta tesitura cuando surge la idea\/proyecto de la democracia participativa que se va a plasmar en dos v\u00edas diferenciadas: una primera, que comprende la movilizaci\u00f3n ciudadana que representa la emergencia de una nueva concepci\u00f3n de la ciudadan\u00eda; y una segunda v\u00eda, que significa la consolidaci\u00f3n e intento de universalizaci\u00f3n de una ciudadan\u00eda ap\u00e1tica y pasiva que complemente el modelo de organizaci\u00f3n pol\u00edtica y econ\u00f3mica implantado\u201d.<a href=\"#_ftn18\" id=\"_ftnref18\"><sup>[18]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>En la primera v\u00eda se buscaba superar la r\u00edgida jerarqu\u00eda y verticalismo de la democracia liberal, creando en el marco del modelo liberal de democracia, nuevas estructuras pol\u00edticas y procedimientos que permitieran una participaci\u00f3n activa de los ciudadanos\/as. De esa manera, lo pol\u00edtico ya no ser\u00eda solo un asunto de los profesionales de la pol\u00edtica, de las elites cerradas, de los l\u00edderes. De modo tal que la representaci\u00f3n (diputados \/ senadores) de elemento central del modelo liberal de democracia o poliarqu\u00eda electoral, dejara de ser, sin perder su importancia, el elemento central y \u00fanico, de la relaci\u00f3n entre representados y representantes. Sin cancelar el modelo elitista o pluralista, lo mejoraba. Establec\u00eda progresivamente cada vez mayores controles y actuaciones por parte de los ciudadanos. La participaci\u00f3n acotaba y cercenaba el acto de delegar. As\u00ed, la democracia participativa era, en la primera v\u00eda, una nueva concepci\u00f3n de la ciudadan\u00eda que buscaba disminuir la separaci\u00f3n entre Estado y sociedad civil; impulsaba la creaci\u00f3n de nuevos andamiajes jur\u00eddicos; y avanzaba en la edificaci\u00f3n de nuevas estructuras pol\u00edticas y procedimientos que posibilitaran la intervenci\u00f3n masiva en la esfera de las pol\u00edticas p\u00fablicas. La segunda v\u00eda de la democracia participativa ten\u00eda como fin consolidar el Estado neoliberal como un Estado asistencial. Como consecuencia de la imposici\u00f3n global de las pol\u00edticas neoliberales fondomonetaristas, esa democracia participativa de corte neoliberal buscaba, como respuesta a la crisis de representaci\u00f3n pol\u00edtica, la legitimaci\u00f3n pol\u00edtica y econ\u00f3mica de las poliarqu\u00edas electorales o democracia representativa mediante la creaci\u00f3n de mecanismos de participaci\u00f3n\u2013consulta, que en nada alteraran los modos de la dominaci\u00f3n pol\u00edtica. En el cual las ciudadanas y ciudadanos continuar\u00edan excluidos de la toma de decisiones sobre los asuntos p\u00fablicos, limit\u00e1ndose a la participaci\u00f3n electoral y suplantados por las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) (m\u00e1s conocidas como ONGs) que ser\u00edan los instrumentos a los que quedar\u00eda reducida su participaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La democracia participativa como ya hemos dicho, puede servir para ampliar los l\u00edmites de la democracia representativa; para cambiar un r\u00e9gimen pol\u00edtico por otro; construir una nueva concepci\u00f3n de ciudadan\u00eda; posibilitar la intervenci\u00f3n masiva de la gente com\u00fan en las decisiones pol\u00edticas; fortalecer los movimientos sociales y reforzar las identidades colectivas; crear nuevas instituciones y procedimientos desde los cuales se democratice el conjunto de la sociedad (sindicatos, universidades, el trabajo y la producci\u00f3n); transformar la conciencia ciudadana y hacerla compatible con la conciencia de clase; participar en la gesti\u00f3n de las pol\u00edticas publicas y abrir espacios a la idea del autogobierno popular.<\/p>\n\n\n\n<p>En M\u00e9xico la democracia participativa se hizo realidad durante el gobierno de Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador. La consulta popular y la revocaci\u00f3n de mandato se elevaron a rango constitucional y se pusieron en pr\u00e1ctica. Con ello, se abri\u00f3 el camino para un cambio de r\u00e9gimen en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref1\" id=\"_ftn1\"><sup>[1]<\/sup><\/a> Arnaldo C\u00f3rdova analiza rigurosamente este proceso de institucionalizaci\u00f3n del Estado mexicano en dos de sus obras de lectura obligada: <em>La revoluci\u00f3n en crisis. La aventura del maximato<\/em>, cal y arena, M\u00e9xico, 1995, 552 pp.; y <em>La formaci\u00f3n del poder pol\u00edtico en M\u00e9xico<\/em>, Ediciones Era, M\u00e9xico, 1972, pp. 49-52.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref2\" id=\"_ftn2\"><sup>[2]<\/sup><\/a> Arnaldo C\u00f3rdova, 1972, pp. 54 y 55.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref3\" id=\"_ftn3\"><sup>[3]<\/sup><\/a> Jorge Carpizo, <em>El presidencialismo mexicano<\/em>, 7\u00aa. edici\u00f3n, siglo veintiuno editores, M\u00e9xico, 1987, p. 121.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref4\" id=\"_ftn4\"><sup>[4]<\/sup><\/a> Daniel Cos\u00edo Villegas, <em>El sistema pol\u00edtico mexicano<\/em>, cuarta edici\u00f3n, Editorial Joaqu\u00edn Mortiz, M\u00e9xico, 1973, pp. 74 &#8211; 77.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref5\" id=\"_ftn5\"><sup>[5]<\/sup><\/a> Max Ortega, \u201cPol\u00edtica laboral y movimiento sindical\u201d, en Ana Alicia Sol\u00eds de Alba, Enrique Garc\u00eda M\u00e1rquez y Max Ortega (Coordinadores), <em>El \u00faltimo gobierno del PRI.&nbsp; Balance del sexenio zedillista<\/em>, Editorial Itaca, M\u00e9xico, 2000, pp. 207-213.; y Max Ortega y Ana Alicia Sol\u00eds de Alba, <em>Privatizaci\u00f3n y despojo. Las pensiones del ISSSTE<\/em>, Editorial Itaca, M\u00e9xico, 2013.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref6\" id=\"_ftn6\"><sup>[6]<\/sup><\/a> Max Ortega, \u201cReforma del Estado, pol\u00edtica laboral y movimiento sindical\u201d, en Ana Alicia Sol\u00eds de Alba, Max Ortega, Abelardo Mari\u00f1a Flores y Nina Torres (Coordinadores<strong>), <\/strong><em>Globalizaci\u00f3n. Reforma neoliberal del Estado y movimientos sociales<\/em>, Editorial Itaca, M\u00e9xico, 2003, pp. 221-222.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref7\" id=\"_ftn7\"><sup>[7]<\/sup><\/a> Ana Alicia Sol\u00eds de Alba y Max Ortega, <em>Neoliberalismo y contrarreforma de la legislaci\u00f3n laboral (1982 \u2013 2013)<\/em>, Editorial Itaca, M\u00e9xico, 2015.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref8\" id=\"_ftn8\"><sup>[8]<\/sup><\/a> Del 1 de diciembre de 1982 al 30 de noviembre de 2018, se reformaron 495 art\u00edculos constitucionales (C\u00e1mara de Diputados. LXV Legislatura, \u201cReformas Constitucionales por periodo presidencial\u201d, 2 de febrero de 2022). De 1983 a 2016, el art\u00edculo 27 fue reformado 8 veces; de 1982 a 2020, el art\u00edculo 28, fue reformado 12 veces; y de 1982 a 2017, el art\u00edculo 123, fue reformado 12 veces (C\u00e1mara de Diputados. LXV Legislatura, \u201cReformas Constitucionales por art\u00edculo\u201d, 2 de febrero de 2022).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref9\" id=\"_ftn9\"><sup>[9]<\/sup><\/a> Cfr. Ana Alicia Sol\u00eds de Alba, <em>Mujer y neoliberalismo: el sexismo en M\u00e9xico<\/em>, Editorial Itaca, M\u00e9xico, 2019, pp. 57 -95.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref10\" id=\"_ftn10\"><sup>[10]<\/sup><\/a> Sobre la funcionalidad de la dominaci\u00f3n pol\u00edtica mediante el sistema electoral pueden verse los textos de tres de sus operadores m\u00e1s relevantes. Luis Carlos Ugalde, <em>As\u00ed lo viv\u00ed. Testimonio de la elecci\u00f3n presidencial de 2006, la m\u00e1s competida de la historia moderna de M\u00e9xico<\/em>, Random House Mondadori, M\u00e9xico, 2008; Ciro Murayama, <em>La democracia a prueba. Elecciones en la era de la posverdad<\/em>, ediciones cal y arena, M\u00e9xico, 2019; Lorenzo C\u00f3rdova V. y Ernesto N\u00fa\u00f1ez A., <em>La democracia no se construy\u00f3 en un d\u00eda<\/em>, Penguin Random House Grupo Editorial, M\u00e9xico, 2021.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref11\" id=\"_ftn11\"><sup>[11]<\/sup><\/a> Vid. Max Ortega y Ana Alicia Sol\u00eds<strong>, <\/strong><em>La izquierda mexicana una historia inacabada<\/em>, Editorial Itaca, M\u00e9xico, 2012, pp. 191 y 192.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref12\" id=\"_ftn12\"><sup>[12]<\/sup><\/a> Vid. Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador, <em>A la mitad del camino<\/em>, Editorial Planeta Mexicana, M\u00e9xico.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref13\" id=\"_ftn13\"><sup>[13]<\/sup><\/a> <em>Diario oficial de la Federaci\u00f3n<\/em>, 20 de diciembre de 2019, \u201cDECRETO por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Consulta Popular y Revocaci\u00f3n de Mandato\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref14\" id=\"_ftn14\"><sup>[14]<\/sup><\/a> <em>Diario Oficial de la Federaci\u00f3n<\/em>, 14 de septiembre de\/2021, \u201cDECRETO por el que se expide la Ley Federal de Revocaci\u00f3n de Mandato\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref15\" id=\"_ftn15\"><sup>[15]<\/sup><\/a> <em>Diario Oficial de la Federaci\u00f3n<\/em>, 19 de febrero de 2021, \u201cDecreto por el que se declara reformados los art\u00edculos 108 y 111 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref16\" id=\"_ftn16\"><sup>[16]<\/sup><\/a> Vid., C.B. Macpherson<strong>, <\/strong><em>La democracia liberal y su \u00e9poca<\/em>, Alianza Editorial, Espa\u00f1a, 1982, p. 15.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref17\" id=\"_ftn17\"><sup>[17]<\/sup><\/a> Vid., Rafael Rodr\u00edguez, <em>Ciudadanos soberanos. Participaci\u00f3n y democracia directa<\/em>, Editorial Almuzara, Espa\u00f1a, 2005, 206 pp.; y Donatella della Porta, <em>I partiti politici<\/em>, Il Mulino, Bologna, 2001, pp. 207 -209.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref18\" id=\"_ftn18\"><sup>[18]<\/sup><\/a> Rafael Rodr\u00edguez, op. cit., p. 23.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El r\u00e9gimen presidencial en M\u00e9xico Dos instituciones centrales del Estado y el sistema pol\u00edtico mexicano ser\u00edan, durante largo tiempo, el presidencialismo y el partido pol\u00edtico de Estado (PNR\/PRM\/PRI). Las relaciones entre uno y otro eran inseparables, al punto que desconectados dif\u00edcilmente habr\u00edan podido funcionar con eficacia. 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