{"id":750,"date":"2015-12-05T12:40:42","date_gmt":"2015-12-05T06:40:42","guid":{"rendered":"http:\/\/revistamemoria.mx\/?p=750"},"modified":"2015-12-05T13:53:20","modified_gmt":"2015-12-05T07:53:20","slug":"el-telos-de-la-modernidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistamemoria.mx\/?p=750","title":{"rendered":"EL TELOS DE LA  MODERNIDAD"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-751 alignleft\" src=\"https:\/\/revistamemoria.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/portada-el-telosmini.jpg\" alt=\"portada el telosmini\" width=\"300\" height=\"403\" \/>Desde hace algunas d\u00e9cadas, la producci\u00f3n\/consumo discursiva en el \u00e1mbito filos\u00f3fico ha girado en torno a la problem\u00e1tica de la modernidad; no obstante, la ingenuidad sobre la direcci\u00f3n que podr\u00eda tomar tal comportamiento en el plano l\u00f3gico, epistemol\u00f3gico y pol\u00edtico ha pasado a ser de forma prominente pero no absoluta un cinismo unilateralmente dirigido a la formulaci\u00f3n de una serie de reproches y melancol\u00edas que, en \u00faltima instancia, buscan adjudicar a la modernidad fen\u00f3menos como el totalitarismo, determinismo o fatalismo desde posturas entrampadas en el escepticismo, empirismo, normativismo, irracionalismo y formalismo.<\/p>\n<p>Frente y contra el escenario de dichas \u201cfatigas\u201d posmodernas se coloca el texto rese\u00f1ado en las siguientes l\u00edneas: <i>El <\/i>telos<i> de la modernidad<\/i>. Dos estudios sobre la filosof\u00eda pol\u00edtica de G. W. F. Hegel. Para ello, los autores Jorge Rend\u00f3n Alarc\u00f3n y Sergio P\u00e9rez Cort\u00e9s, acad\u00e9micos de la UAM-Iztapalapa, se sirven de una vuelta ad fontes en vistas de desmitificar la figura de, quiz\u00e1s, el \u201cenemigo p\u00fablico n\u00famero uno\u201d del pensamiento \u201cposmetaf\u00edsico\u201d: el pensamiento de Hegel o, lo que es lo mismo, la \u201cfilosof\u00eda del concepto\u201d. Despu\u00e9s de todo, \u201cella lleva a su culminaci\u00f3n la reflexi\u00f3n en torno a la libertad, al prop\u00f3sito de devolver a los seres humanos, sin componendas ni residuos, el control racional de sus condiciones de vida\u201d (P\u00e9rez y Rend\u00f3n, 2014:19)- Esto es precisamente el supuesto fracaso que los \u201cnuevos fil\u00f3sofos\u201d se\u00f1alan al pensamiento moderno (entre ellos, y sobre todo, el de Hegel).<\/p>\n<p>Tras una breve presentaci\u00f3n, el contenido propiamente dicho del libro comienza con el ensayo \u201cHegel y la modernidad pol\u00edtica\u201d, de Jorge Rend\u00f3n Alarc\u00f3n, cuya plataforma de discusi\u00f3n es la <i>Fenomenolog\u00eda del Esp\u00edritu<\/i> para, desde ah\u00ed, interpretar la serie de problem\u00e1ticas insertas en lo que el autor denomina la \u201cmodernidad pol\u00edtica\u201d.<\/p>\n<p>Rend\u00f3n Alarc\u00f3n propone, con un enfoque \u201cantropol\u00f3gico-pol\u00edtico\u201d y en una clave fuertemente ligada a la lectura vallsplaniana<sup>1<\/sup> y blochiana<sup>2<\/sup> de la obra de Hegel, mostrar el modo hegeliano de proceder en la determinaci\u00f3n concreta del problema de la organizaci\u00f3n del mundo moderno mediante el principio de la libertad. En efecto, el proceso de \u201cemancipaci\u00f3n pol\u00edtica\u201d de la modernidad se tiene seg\u00fan Hegel, dice Rend\u00f3n Alarc\u00f3n, cuando el sujeto reconoce las determinaciones concretas de <i>su<\/i> constituci\u00f3n y, al mismo tiempo, \u00e9ste se realiza plenamente en el orden pol\u00edtico.<\/p>\n<p>As\u00ed, el sujeto moderno (hegeliano) no ser\u00eda como cree Habermas, desde una tradici\u00f3n heideggeriana, una subjetividad abstracta o autorreferencial sino, al contrario, una realidad esencial producto del \u201cnosotros\u201d, un \u201csaber pr\u00e1ctico\u201d situado en la experiencia social e hist\u00f3rica del \u201cesp\u00edritu\u201d. Este sujeto o \u201cvoluntad libre\u201d constituye \u201cel verdadero agente de esa modernidad y con ello el fundamento del derecho y del Estado\u201d (P\u00e9rez y Rend\u00f3n, 2014:18) y, por tanto, la legitimidad del orden pol\u00edtico no estar\u00eda dada m\u00e1s que por la raz\u00f3n del \u201csaber pr\u00e1ctico\u201d del \u201cnosotros\u201d. Toda acci\u00f3n individual verdaderamente libre se encuentra por fuerza situada en la racionalidad com\u00fan.<\/p>\n<p>La demostraci\u00f3n hegeliana de la realizaci\u00f3n del concepto (en la <i>filosof\u00eda del derecho<\/i>, el Estado moderno) no ser\u00eda una elucubraci\u00f3n abstracta exclusiva del pensamiento sino una intentona pr\u00e1ctica de hacer efectiva su realidad, la configuraci\u00f3n objetiva de la voluntad humana.<\/p>\n<p>Sergio P\u00e9rez Cort\u00e9s, en su ensayo \u201cL\u00f3gica y filosof\u00eda del derecho. La metaf\u00edsica militante de Hegel\u201d, busca rescatar la metaf\u00edsica hegeliana para demostrar el error de los discursos autorreferidos \u201cposmetaf\u00edsicos\u201d que de una manera u otra sostienen la presunta separaci\u00f3n ontol\u00f3gica del ser y el pensamiento. Para esto, el autor revisar\u00e1 en la \u201cteor\u00eda cr\u00edtica\u201d de la <i>filosof\u00eda del derecho<\/i> la categor\u00eda de injusticia (<i>unrecht<\/i>) contenida en los par\u00e1grafos 82-104 de la secci\u00f3n tercera de la primera parte, \u201cDerecho abstracto\u201d, presentando, de un lado, el examen de las categor\u00edas pol\u00edticas que anteceden y suceden a la injusticia y, de otro, la demostraci\u00f3n del orden l\u00f3gico de \u00e9stas mediante un seguimiento comparado con la \u201cdoctrina de la esencia\u201d de la <i>l\u00f3gica<\/i>.<\/p>\n<p>La defensa de P\u00e9rez Cort\u00e9s por encontrar una unidad intr\u00ednseca entre la filosof\u00eda pol\u00edtica y la metaf\u00edsica de Hegel no es, claro est\u00e1, mero ejercicio de exquisitez intelectual sino, al contrario, una intentona por oponerse con las \u201carmas conceptuales\u201d hegelianas al empirismo, escepticismo y formalismo de la filosof\u00eda moderna. En suma, un llamado a la raz\u00f3n.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-752 alignleft\" src=\"https:\/\/revistamemoria.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/chavezm-12mini.jpg\" alt=\"chavezm 12mini\" width=\"400\" height=\"316\" \/>El fundamento del derecho, dice P\u00e9rez Cort\u00e9s, se encuentra \u201cen la acci\u00f3n de las voluntades libres que buscan crear un r\u00e9gimen de libertades compartido\u201d (P\u00e9rez y Rend\u00f3n, 2014:176). Sin embargo, precisamente por el car\u00e1cter libre de la voluntad hay la posibilidad de violentar dicho r\u00e9gimen de libertad y, por ende, el derecho mismo. Entonces, \u00bfc\u00f3mo se cancela el delito que elige lo opuesto al \u201cbien com\u00fan\u201d? La revisi\u00f3n de la \u201ccadena demostrativa\u201d de la categor\u00eda de injusticia, contin\u00faa P\u00e9rez Cort\u00e9s, tiene como fin reconstruir inteligiblemente su naturaleza esencial. En el an\u00e1lisis se deduce que si bien la injusticia es la negaci\u00f3n del derecho (lo vuelve \u201capariencia\u201d) tambi\u00e9n es, simult\u00e1neamente, el \u201cmomento\u201d necesario para la afirmaci\u00f3n de \u00e9ste en cuanto tal. Por ende, negar de forma racional la injusticia es restituir el derecho en su lugar. Se trata, pues, de hallar una \u201cjustificaci\u00f3n racional\u201d de la pena o castigo para que el derecho retorne a s\u00ed, \u201ces preciso que el delito sea subsumido bajo la raz\u00f3n\u201d (P\u00e9rez y Rend\u00f3n, 2014:133). La soluci\u00f3n del conflicto derecho-injusticia queda dado, a trav\u00e9s de un tortuoso proceso, con la reconciliaci\u00f3n del infractor con el derecho que violent\u00f3 en el pasado siendo consciente de que lo da\u00f1ado no es sino lo que le da fundamento a su libertad. Debemos partir, por tanto, de que todo sujeto (incluido el criminal) es racional, libre y, por ello, responsable de todos sus actos; s\u00f3lo as\u00ed son sujetos de derecho.<\/p>\n<p>El concepto de <i>libertad<\/i> es \u201cnuestro \u00fanico par\u00e1metro de juicio\u201d (P\u00e9rez y Rend\u00f3n, 2014:133) para evaluar las normas e instituciones \u201crealmente existentes\u201d. En la medida en que \u00e9stas impulsen u obstaculicen el ejercicio real del concepto de libertad, tendr\u00e1n que ser conservadas o transformadas. La <i>Filosof\u00eda del derecho<\/i> de Hegel, sentencia el autor, es una <i>cr\u00edtica del presente<\/i> no una apolog\u00eda del \u201cestado prusiano\u201d (dicho sea de paso, inexistente en los tiempos del \u201cvejete\u201d de Stuttgart). La confrontaci\u00f3n del \u201cconcepto\u201d con la \u201ccosa existente\u201d es una evaluaci\u00f3n <i>pol\u00edtica<\/i>, y Hegel la realiz\u00f3 con el concepto de <i>libertad<\/i> alcanzado en ese momento hist\u00f3rico particular y con las normas e instituciones existentes. \u201cElla (la <i>Filosof\u00eda del derecho<\/i>) nos invita a no admitir como verdadera ninguna norma o instituci\u00f3n que no responda a la idea de libertad lograda y no podr\u00eda sorprenderse de que, tras 200 a\u00f1os de existencia, nuestro concepto de <i>libertad<\/i> tenga exigencias mucho m\u00e1s altas ante los Estados existentes\u201d (P\u00e9rez y Rend\u00f3n, 2014:284).<\/p>\n<p>Sin duda, <i>El <\/i>telos<i> de la modernidad<\/i> constituye una referencia obligada para destruir los mitos y prejuicios que giran alrededor del fil\u00f3sofo que hiciera de la libertad el eje de la historia universal y de la raz\u00f3n el medio de constataci\u00f3n de la existencia de esa libertad: Georg Wilhelm Friedrich Hegel.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde hace algunas d\u00e9cadas, la producci\u00f3n\/consumo discursiva en el \u00e1mbito filos\u00f3fico ha girado en torno a la problem\u00e1tica de la modernidad; no obstante, la ingenuidad sobre la direcci\u00f3n que podr\u00eda tomar tal comportamiento en el plano l\u00f3gico, epistemol\u00f3gico y pol\u00edtico ha pasado a ser de forma prominente pero no absoluta un cinismo unilateralmente dirigido a &#8230; <a title=\"EL TELOS DE LA  MODERNIDAD\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/revistamemoria.mx\/?p=750\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre EL TELOS DE LA  MODERNIDAD\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":60,"featured_media":751,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[108],"class_list":["post-750","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-librero","tag-hegel"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/750","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/60"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=750"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/750\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":758,"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/750\/revisions\/758"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/751"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=750"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=750"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistamemoria.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=750"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}