LA ELECCIÓN POPULAR DE JUECES Y LA REDISTRIBUCIÓN DEL CAPITAL COERCITIVO Y EL CAPITAL JURÍDICO

Introducción

La Cuarta Transformación mexicana llegó al poder político estatal mediante la vía democrática marcando una diferencia sustantiva con relación a las tres transformaciones que le precedieron, pues fueron esencialmente revoluciones armadas. Esta singular característica marca un cambio en la relación del poder democráticamente electo y las fuerzas del orden del Estado mexicano. Mientras las tres transformaciones previas, aunado al capital simbólico que legitimó popularmente su consolidación, poseían un capital coercitivo producto de los ejércitos populares que derrotaron las fuerzas del orden que servían para imponer el colonialismo español, la dictadura de Antonio López de Santa Anna y el imperialismo francés, así como la dictadura de Porfirio Díaz, en la primera, segunda y tercera transformaciones, respectivamente. 

La Cuarta Transformación enfrenta la dificultad de subordinar al ejército al mandato popular expresado en las urnas de manera contundente, lo que de entrada es un desafío en un contexto de precaria estatalidad donde la violencia física se ha extendido a la sociedad y ha dejado de estar concentrada en el aparato de Estado (Ávalos Tenorio, 2018: 37), expresada en la guerra de las organizaciones criminales que buscan hundir al país en la barbarie. Para la transformación del país ha sido necesario incorporar al ejército en tareas de seguridad, dada la capacidad de fuego de los grupos criminales que en algunos casos supera significativamente a las fuerzas del orden civiles, pero este mal necesario, aunado a algunos casos que revelan problemas sistémicos de impunidad,  evidencian que los militares tienen más poder del que formalmente les brinda el orden constitucional, por lo que la élite militar es un factor real de poder en el campo político.

Podemos deducir que la necesidad del gobierno de dinamitar la investigación del caso Ayotzinapa que reveló la responsabilidad del ejército (a pesar de los esfuerzos iniciales para esclarecer la noche de Iguala del 26 de Septiembre de 2014, donde se produjo la desaparición forzada de  43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos y 6 seis asesinatos); la fuerte reacción diplomática del gobierno mexicano para que la Fiscalía estadounidense retirara los cargos contra el General Salvador Cien Fuegos, ex secretario de la Defensa en el sexenio de Enrique Peña Nieto, por los que fue arrestado en Los Ángeles, California, el reconocimiento oficial a este general por su supuesta contribución a la seguridad nacional; y las complicaciones que se han presentado en acceder a los documentos que prueban el accionar militar violatorio de derechos humanos en la Guerra Sucia (1965-1990) por resistencias militares al acceso a la verdad, son tres casos contundentes  que revelan la autonomía del poder militar frente al mandato ciudadano, expresado en las urnas a favor de La Cuarta Transformación,  y su capacidad limitarlo. No es para menos, en 2019 se produjo un golpe de Estado en Bolivia que hizo un contundente llamado de atención que nos reveló que, aunque los tiempos que corren son de creciente democratización, el ejército es un factor real de poder capaz de tumbar, con su capital coercitivo, a gobiernos de izquierda e incómodos para los grupos y clases dominantes. 

Además del ejército, fracción del poder ejecutivo con autonomía que implica un riesgo político, otro desafío de la Cuarta Transformación es hacer que el Poder Judicial, uno de los tres poderes de nuestra república, cumpla su función de impartir justicia e imponer el imperio de la ley de forma neutral. Lo anterior porque una parte de los jueces ha sido otro factor real de poder en el contexto de la Cuarta Transformación al bloquear sistemáticamente iniciativas de ley esenciales para cumplir el mandato popular de las urnas. Tenemos los casos de la Ley de la Industria Eléctrica (que fue un intento por revertir las reformas de Enrique Peña Nieto que abrieron el sector energético a la inversión extranjera, buscando una mayor participación del Estado en la generación de energía), la eliminación de la Prisión Preventiva Oficiosa para Delitos Fiscales (que fue un intento por fortalecer la lucha contra la evasión fiscal y los delitos de cuello blanco considerados como amenazas a la seguridad nacional).

Lo anterior no es sorprendente si revisamos la relación del movimiento obradorista, antes de devenir  la Cuarta Transformación, con el poder judicial. En 2005, como Jefe de Gobierno del entonces Distrito Federal, hoy Ciudad de México, Andrés Manuel López Obrador fue víctima de un injusto procedimiento dirigido a quitar su fuero impulsado por el entonces presidente de México, Vicente Fox. Se buscaba enjuiciarlo por supuestamente violar la Ley de Amparo en el caso de un predio, pero la razón era sencilla. El entonces jefe de gobierno era el puntero en las preferencias de cara las elecciones presidenciales de 2006 (Díaz Polanco, 2012: 15) y los jueces actuaron respaldando este intento por frenar al obradorismo que no se concretó debido a un “fresco talante ciudadano [que fue] capaz de parar en seco el designio.” (Díaz Polanco, 2012: 43). Se podría argumentar que hay casos emblemáticos donde el poder judicial utilizó su capital jurídico de forma ejemplar en el contexto de la Cuarta Transformación, como la despenalización del aborto a nivel nacional o la transferencia de la Guardia Nacional al control militar, pero lo cierto es que, como fue el caso del intento de desafuero, estas decisiones tuvieron como impulso la movilización ciudadana. Así, el Poder Judicial es esencialmente conservador y un desafío para los gobiernos transformadores. Si el caso boliviano ilustra el riesgo político que implican los militares, el brasileño es un espejo del riesgo que implican los jueces conservadores para los mandatos ciudadanos expresados en gobiernos incómodos, y es que en 2016 Dilma Rousseff, presidenta de Brasil, fue sometida al proceso de impeachment, que se basó en acusaciones de “crimen de responsabilidad” por supuestamente manipular cuentas fiscales gubernamentales, lo que terminó con su destitución de la silla presidencial. En concreto, el poder judicial conservador no es sólo un árbitro de leyes sino un agente que puede influir de modo contundente en política.

Así, hay dos agentes que inciden en política trascendiendo las facultades que el orden constitucional les brinda: las fuerzas del orden militares y el poder judicial, cuyo poder se basa en el capital coercitivo y el capital jurídico, respectivamente. En el contexto de la Cuarta Transformación se presenta una oportunidad para redistribuir dichos capitales con la reforma al Poder Judicial que se está proponiendo, que en esencia tiene como base elegir popularmente a los jueces. ¿Cómo modificaría la propuesta de la Cuarta Transformación de elección popular de jueces la redistribución de los capitales coercitivo y jurídico como factores reales de poder en el campo político? Para responder esta pregunta es necesario identificar las relaciones estructurales que esta reforma modificaría, para lo cual procederemos a interpretar la cuestión desde la teoría de los campos del sociólogo francés Pierre Bourdieu. Desde este horizonte interpretativo, un campo se determina por un capital común y la lucha que se libra por su apropiación, de tal manera que si hemos mencionado un capital coercitivo y un capital jurídico, entonces hacemos referencia a un campo militar y un campo jurídico, los cuales inciden en el campo político (cuyo capital en común es el capital político) porque son campos que se intersectan estructuralmente. De esta manera, procederé a ilustrar la teoría en cuestión para identificar este mecanismo de intersección y argumentaré cómo es que la elección de jueces puede redistribuir los capitales coercitivo y jurídico y limitar su condición de factores reales de poder en el campo político.

Espacio social y campo 


Para los anteojos sociológicos que hemos asumido, la sociedad  es un espacio social, es decir, un espacio de posiciones sociales organizadas de acuerdo con la distribución desigual de tres tipos de capital: capital económico, capital social y capital cultural. Estos poderes sociales al ser percibidos y reconocidos devienen capital simbólico (Bourdieu, 2000: 131). El capital simbólico es crucial, pues  los capitales político, jurídico y coercitivo son modalidades del capital simbólico, dado que quienes acumularon estas especies de capital es porque previamente acumularon en el espacio social poder económico, redes sociales de influencia y educación profesionalizante y la forma de ser percibidos y reconocidos por su función es o política, o jurídica o militar. Lo anterior implica que los agentes que ocupan posiciones dominantes en los campos político, jurídico y militar, fueron estructurados en el espacio social o con redes sociales de influencia o condiciones económicas favorables, aunado a educación profesionalizante que les permitieron llegar a esas posiciones. Los profesionales de los campos político, militar y jurídico no logran liderazgo en sus campos si no acumulan capital social, traducido en redes de influencia, capital cultural, en su educación profesionalizante para ejercer esos oficios (como la abogacía y la carrera militar) y las condiciones económicas óptimas para esas posiciones. 

Así como la sociedad es un espacio social, posee micro espacios autónomos que en esta perspectiva teórica son denominados campos. La teoría de los campos es una teoría de las prácticas sociales y su estudio se basa en la fórmula [(habitus) (capital)]+ campo=practicas] (Bourdieu, 2012: 115). Con esta fórmula, es claro que esta teoría incorpora la concepción de habitus y capitales para estudiar los campos, que expresan las prácticas sociales de los agentes. Hemos avanzado en la definición de los capitales como estructuradores del conjunto espacial de la sociedad, ahora es menester identificar cómo esta distribución desigual del capital es lo que da estructura a los micro espacios autónomos del espacio social: los campos. La distribución desigual de capital supone límites objetivos y límites de sentido al estructurar habitus, esto es, esquemas mentales y disposiciones de las prácticas sociales. Es mediante la producción de disposiciones de carácter duradero y transferible en las posiciones ocupadas en los campos que se corresponde un sistema de disposiciones, es decir, un habitus (Bourdieu y Passeron, 1996: 231). Los habitus son esquemas mentales que predisponen las prácticas de los agentes y se corresponden con los campos, de modo que si hay un capital político, un capital coercitivo y un capital jurídico, entonces existen los habitus políticos militares y los  jurídicos. 

Intersección entre los campos
político, militar y  jurídico

En el contexto de la Cuarta Transformación, el campo político se ha estructurado en torno al poderoso liderazgo del presidente Andrés Manuel López Obrador, cuyo capital político ha tenido la capacidad de marcar la agenda mediática y reestructurar los habitus políticos, incluidos los de los agentes que ocupan posiciones dominadas en el espacio social, pues incluso en sectores marginados, habitualmente despolitizados, se está en condiciones de producir opiniones políticas a favor de un mandatario que ha sabido redistribuir la riqueza con programas sociales y por lo mismo modificar sus condiciones de vida. Su discurso y práctica política han generado la idea dominante de que se trata de un político honesto, que combate a la corrupción y redistribuye la riqueza social. Es así que los habitus políticos de los dominados y desprovistos de capital político tienden a votar por el Movimiento de Regeneración Nacional, el partido del presidente, y son entusiastas receptores del discurso de ruptura con el orden anterior, el neoliberalismo. 

Esta singular acumulación de capital político ha permitido redistribuir el poder de los políticos profesionales, donde las élites que dominaron el país en la era neoliberal tienden a desarticular su capacidad de liderazgo, como es el caso de los dirigentes de los Partido Acción Nacional o los del Partido Revolucionario Institucional. Incluso se produjeron casos donde desaparecieron del teatro de la política, como es el caso de los dirigentes del Partido de la Revolución Democrática que no alcanzó el mínimo de votos que le permitiera continuar disputando espacios de elección popular. Aunado a lo anterior, se ha formado una nueva élite política abanderada por el partido del presidente que tiene la capacidad de cambiar las reglas del juego del campo. 

Mientras esta reestructuración del campo político se producía, el espacio jurídico ha tendido a mantenerse al margen de ese espíritu transformador. Hemos mencionado los casos de la Ley de la Industria Eléctrica, la eliminación de la Prisión Preventiva Oficiosa para Delitos Fiscales, el Decreto Contra el Uso de Glifosato y la suspensión de la distribución de libros de texto gratuitos como ejemplos de este esfuerzo por obstaculizar las iniciativas de los agentes de la transformación y es que el capital jurídico de los jueces es usado como fuerza de regresión al orden político anterior. Los jueces están vinculados por trayectoria y antecedentes  al México neoliberal, por lo que sus prácticas sirven para la regresión a ese orden, de ahí que sus habitus privilegian resistir reformas que perciben como una amenaza a transformar el statu quo legal. Aunado a lo anterior, son mayoritariamente integrantes de las posiciones dominantes del espacio social, por lo que su posición en el campo jurídico guarda una relación de homología estructural con los agentes privilegiados en la distribución del capital social y económico, de tal suerte que tienden a usar su capital jurídico, cuya función es interpretar la ley, con base en los intereses de esos sectores dominantes. Dadas estas condiciones estructurales, las iniciativas de ley de la Cuarta Transformación más radicales, en términos de la redistribución de la riqueza y el poder, no pasarán. 

Otro poder conservador es el militar. En el campo militar tenemos un ejército con capital coercitivo que ejerce la violencia simbólica necesaria para que los civiles desistan desafiar el poder político por la vía armada, de ahí que la lucha política se tiene que producir por la vía democrática. Aunado a lo anterior, los militares han desarrollado un habitus militar que disciplina a quienes ocupan posiciones dominadas en el campo y fortalece el poder y control de las élites militares que ocupan posiciones dominantes.  Este habitus tiene como base en una cultura autonomía y lealtad interna que se ha expresado en la resistencia a la subordinación absoluta al poder político civil emanado de los agentes dominantes del campo político, de ahí el comportamiento de las fuerzas militares en los tres casos emblemáticos que hemos mencionado: Ayotzinapa, hacer públicos los documentos que prueban violaciones a los derechos humanos por perpetradores militares en el contexto de la guerra sucia y la operación diplomática para rescatar a Salvador Cienfuegos de la justicia estadounidense. 

Así, la intersección de los campos político, jurídico y militar se produce por la intervención del capital coercitivo y el capital jurídico en el campo político. Los agentes dominantes del espacio militar han sido capaces de ejercer su capital para condicionar la transformación que buscan construir los profesionales de la política si eso implica poner en riesgo sus intereses y libertad. El riesgo es claro: enfrentar con capital político un poder coercitivo puede tener consecuencias golpistas, como en el caso de Bolivia que hemos mencionado. De igual forma, los jueces tienden a usar su capital para bloquear las iniciativas de ley de la transformación con el propósito de defender el orden conservador que privilegia a los sectores dominantes del espacio social. Por lo tanto, en las condiciones estructurales que enfrentó la primera etapa de la Cuarta Transformación, el capital coercitivo y el capital jurídico jugaron el papel de factores reales de poder conservador en el campo político y la reestructuración de estas coordenadas estructurales es un desafío de la segunda etapa transformadora.

Elección de jueces como oportunidad para redistribuir los capitales coercitivo y jurídico

En una sociedad democrática no es deseable la intervención de militares y jueces en asuntos políticos que deben ser dirimidos por elecciones y agentes civiles, lo cual es posible conseguir con una elección popular de jueces, pues esto abre posibilidades que modificarían la distribución del capital jurídico y el capital coercitivo si se logran seleccionar jueces profesionales que acaten su responsabilidad constitucional de no intervenir en política y son capaces de defender casos de violaciones de derechos humanos perpetrados por militares. El ejemplo emblemático de ello es el juicio a la junta militar Argentina en 1985, donde la justicia, luego de una fuerte presión cívica e internacional, usó su capital jurídico para aplicar la ley contra militares perpetradores de violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Argentina, si bien enfrentó dificultades y el riesgo de golpe de Estado luego del juicio, es notable que consiguió la estabilidad política deseada y subordinar a los militares al poder democrático. Este ejemplo sirve para ilustrar que la estructura de poder y la distribución del capital jurídico y coercitivo pueden cambiar en contextos de cambios políticos trascendentes, como lo fue una transición a la democracia, en el caso argentino, o lo sería en una Cuarta Transformación, en el caso mexicano. Si bien es necesario mantener un equilibrio con las fuerzas militares que existen para sostener el orden, no es aceptable que condicionen o limiten el mandato popular de la Cuarta Transformación con su capital coercitivo. Es necesario subordinar a estos agentes y evitar que intervengan en política. Así, la reforma al Poder Judicial abre la posibilidad de redistribuir el capital coercitivo y el capital jurídico, con lo que es posible evitar que jueces y militares sigan siendo factores reales de poder en el campo político.

Consideración final

En este trabajo mostramos cómo la Cuarta Transformación mexicana se enfrenta a dos factores reales de poder que limitan su capacidad de lograr cambios significativos en el país: el poder militar y la resistencia de jueces a que pasen las iniciativas de ley más radicales y sustantivas. Diferenciamos las transformaciones anteriores de la Cuarta en que esta intenta realizar una transformación del orden social y político por la vía democrática e identificamos que esta diferencia limita sus capacidades al enfrentarse al capital coercitivo de los militares y al capital jurídico de los jueces. 

Dimos cuenta de que la teoría de los campos de Pierre Bourdieu proporciona un marco útil para entender cómo el poder político, el militar y el judicial son campos autónomos pero intersectados y dimos cuenta de que el capital coercitivo del ejército y el capital judicial de los jueces son factores reales de poder que inciden en el campo político. La resistencia de jueces y militares a los esfuerzos de cambio de la Cuarta Transformación nos reveló la necesidad de una reforma que pueda redistribuir el capital coercitivo y jurídico para dar garantía a una mayor capacidad del mandato popular de las elecciones que respalda a la Cuarta Transformación. De ahí que argumentamos que la propuesta de elección popular de jueces significa una oportunidad significativa para reorganizar el juego de poder actual al permitir una redistribución del capital coercitivo y el capital jurídico. Ejemplificamos lo anterior con el juicio a la junta militar en Argentina de 1985 que alteró el equilibrio de poder y abrió la puerta a que las instituciones se alineen con el espíritu de democratización. Por tanto, vemos en la reforma al poder judicial de La Cuarta Transformación la posibilidad de elegir democráticamente jueces que permitan redistribuir el capital coercitivo y el capital jurídico y así garantizar el mandato ciudadano que apuesta por la transformación radical del país sin factores de poder que están al margen de esta aspiración.

Bibliografía

Ávalos Tenorio, G. (2018). Precaria estatalidad. Argumentos: Estudios Críticos de la Sociedad, 31(86), 37.

Bourdieu, P., & Passeron, J.-C. (1996). La reproducción: Elementos para una teoría del sistema de enseñanza. España: Fontamara.

Bourdieu, P. (2000). Cosas dichas. España: Gedisa

————- (2012). La distinción: Criterios y bases sociales del gusto. México: Taurus. 

Díaz Polanco, H. (2012). La cocina del diablo: El fraude de 2006 y los intelectuales. Editorial Planeta, México. 

Gibler, J. (2023). La instrucción: Cómo el gobierno dinamitó la investigación del caso Ayotzinapa. En A dónde van los desaparecidos. Recuperado de [La instrucción: Cómo el gobierno dinamitó la investigación del caso Ayotzinapa – A dónde van los desaparecidos (adondevanlosdesaparecidos.org)] (Consultado el 25 de agosto de 2024).

NOTAS

* Sociólogo (UAM-X) y etnólogo (ENAH), egresado de la Maestría en Sociología de la Universidad Iberoamericana

  Usamos el término dinamitar para hacer referencia al excelente texto de  Jhon Gibler que reconstruye la relación del gobierno de AMLO con el caso Ayotzinapa a 9 años de la trágica noche del 26-27 de Septiembre de 2014:  Gibler, J. (2023). La instrucción: Cómo el gobierno dinamitó la investigación del caso Ayotzinapa. En A dónde van los desaparecidos. Recuperado de [La instrucción: Cómo el gobierno dinamitó la investigación del caso Ayotzinapa – A dónde van los desaparecidos (adondevanlosdesaparecidos.org)] (Consultado el 25 de agosto de 2024).